En el último mes, se ha escuchado hablar mucho en los medios de comunicación de las tarjetas de crédito revolving. Este tipo de producto financiero, ha sido considerado usurario por parte del Tribunal Supremo en su última sentencia y, ello, abre la vía a que muchas las personas denuncien a las entidades financieras que emiten tarjetas de crédito.
Sin embargo, hay quienes no saben muy bien en qué consisten este tipo de tarjetas de crédito y en qué casos una tarjeta de crédito es considerada producto financiero usurario. Veamos en este artículo en qué se basan la sentencia del Tribunal Supremo y cuáles son sus repercusiones.
Pues tan sencillo como que a los españoles, en cuestiones de marketing para consumo, nos atraen los anglicismos. Y por tanto, el efecto del marketing nos lo ha dejado en un rápido y convincente “tarjeta revolving”. O incluso, si el departamento de marketing del banco está suficientemente dotado, puede haberlo sustituido por algún nombre comercial aún más atractivo; también en inglés, claro: ¿tarjeta Plus? ¿Go? ¿Tarjeta You? ¿Tarjeta Wizink?.
Si bien este punto contiene una cierta ironía, ¿no compartes que el banco premeditadamente evita el nombre tarjeta de crédito? Precisamente es por ello que nosotros en este post nos referimos a ellas en todo momento como “Tarjetas de crédito revolving”.
Una tarjeta de crédito revolving es una tarjeta de crédito y por ende, un préstamo o crédito al consumo que te permite pagar en cuotas mensuales y esto, de por sí, no tiene nada de malo. En el mercado, se pueden encontrar, tanto tarjetas de crédito que te permiten pagar a final de mes y en cuotas mensuales, como tarjetas que únicamente te permiten pagar en cuotas.
En el caso del pago fraccionado de manera mensual, las tarjetas de crédito establecen un interés. Cada vez que el cliente las utiliza, su deuda aumenta y la cantidad de tiempo y dinero que tendrá que emplear para finalizar esta deuda es más grande. Consecuentemente, si la tarjeta de crédito hace que tus compras o disposiciones de efectivo, queden aplazadas automáticamente, se considera una tarjeta revolving. De este modo, el usuario de la tarjeta puede realizar el pago de estas compras en cómodos plazos.
Por lo tanto, las tarjetas de crédito convencionales permiten pagar todo lo gastado el mes siguiente (sin intereses), o aplazar el pago a plazos (con intereses). Las tarjetas de crédito revolving solo permiten aplazar las compras en las cuotas que elija el usuario de la tarjeta, lo que conlleva una serie de intereses que vendrán especificados en el contrato de la tarjeta.
Sin embargo, y aunque esto no se puede considerar usura en sí mismo, hay algunas tarjetas de crédito revolving que están siendo consideradas usurarias por el Tribunal Supremo. Te contamos porqué:
Este tipo de tarjeta de crédito puede conllevar un sobreendeudamiento para muchas personas que las utilizan. Los motivos por el que este tipo de tarjetas pueden endeudar tanto a quienes las utilizan son tres, y son los siguientes:
Así que, como puedes ver, son muchos los motivos que hacen que las tarjetas de crédito revolving puedan ser consideradas una forma de usura. De hecho, tarjetas de crédito como la ofrecida por WiZink, una de las que más menciones se ha llevado en los últimos meses, están imponiendo unos intereses que superan el 27% TAE.
Todas estas entidades de crédito venían emitiendo tarjetas de crédito revolving en España con normalidad, entre las entidades que emiten tarjetas de crédito revolving se encuentras las siguientes:
Es obvio, ¿a qué se dedica un prestamista? A prestar dinero, por lo tanto la tarjeta de crédito es una vía de canalización de crédito para el banco muy sutil. Digamos que conlleva un papeleo mucho menos farragoso que un crédito al consumo o préstamo. El principal problema de las tarjetas de crédito revolving es que sean comercializadas a personas que no tengan capacidad de devolver el crédito a final de mes.
Además de su fácil comercialización, es un producto que deja mucho margen a los bancos ya que sus tipos medios de una tarjeta de crédito pueden alcanzar un 27% anual frente al entorno del 5-10% de un crédito al consumo.
Las alternativas a la tarjeta revolving son, eminentemente, los préstamos personales para necesidades puntuales, tales como micro préstamos o préstamos rápidos, y la tarjeta de crédito ordinaria si usted gasta lo que puede pagar a final de mes; ambos productos mucho más baratos para el cliente. Para las revolving solo nos quedaríamos con aquellos que gastan por encima de lo que pueden pagar a final de mes de manera recurrente e indeterminada.
La característica de cualquier tarjeta de crédito revolving debiera ser un límite de crédito (pongamos, 600 euros) que disminuye cuando se consume (me quedan 500 euros si pago un viaje de 100 euros) y se aumenta cuando se paga (me vuelven a quedar 600 euros para gastar cuando pago a final de mes la cuota de la tarjeta, los 100 euros gastados). Entonces, ¡todas las tarjetas de crédito son revolving! Pues, en puridad, sí. Ahora bien, lo que se entiende en el sector financiero por tarjeta de crédito revolving incorpora un par de elementos adicionales:
1) El crédito se constituye automáticamente y suele tener una cuota más o menos fija a pagar cada mes. Aunque yo haya gastado mis 600 euros de límite de crédito, tengo una cuota fija a pagar de 20 euros cada mes. Es decir, el banco o entidad de crédito no quiere su dinero de vuelta demasiado rápido y solo puedes devolver ordinariamente, como mucho, una fracción de tu deuda
2) Normalmente, incorporan al capital pendiente todo lo debido, de manera que si, por ejemplo, se generan intereses o comisiones que no alcanzas a cubrir con tu cuota mensual predefinida, el importe pendiente (que incluye intereses) se sumará a la deuda de la tarjeta de crédito que tienes y, así, generará nuevos intereses para el mes siguiente.
Una tarjeta de crédito por si misma no es algo negativo. Los problemas surgen cuando:
- Tienes un alto tipo de interés en tu tarjeta de crédito aplazado. Las tarjetas de crédito revolving suelen tener una TAE de entre el 20% y el 30%; calculada además en unas condiciones de simulación difícilmente replicables en tu caso concreto.
- Puedes genera deuda en tu tarjeta de crédito a perpetuidad. En función de la cuota predefinida que hayas marcado, puede que sea matemáticamente imposible que llegues nunca a pagar tu deuda sin aumentar la cuota. De forma que aunque pagas puntualmente, si la tarjeta de crédito capitaliza intereses, la deuda de tu tarjeta de crédito se hace exponencial.
Existe mucha controversia en relación a la sentencia puesto que el tribunal supremo ha dictaminado que el 27 % del interés que cobraba en su tarjeta de crédito Wizink es usurario, aplicando la famosa Ley Azcarate de 1908, y considerando que el tipo medio de las tarjetas de crédito revolving es del 20 % según el banco de España. Pero entonces, ¿Cuál es el límite superior que puede considerar una tarjeta de crédito por encima del interés medio sin que sea considerado usurario?
Debemos explicar que los bancos, entidades de crédito y otros prestamistas tenían muchos intereses puestos en esta cuestión y de ahí que incluso se creó la propia categoría de tarjeta de crédito revolving en las publicaciones de tipos medios del banco. ¿Para que se creó la categoría de tarjeta de crédito revolving hace unos pocos años? Pues sencillamente porque la Ley Azcarate citada y sentencias previas del Tribunal Supremo establecían que para determinarse el carácter usurario de un crédito debe atenderse a las circunstancias personales del caso y compararse con productos análogos.
Dicho lo anterior, en la sentencia del Tribunal Supremo puede surgir una duda existencial Si el tipo medio de una tarjeta de crédito revolving es del 20%, dicha media, ¿No sería el resultado de muchas tarjetas de crédito entre las que algunas estarán por encima en digamos 7 puntos y alguna tarjeta de crédito por debajo también en 7 puntos?, ya que si un 27% es usurario, quiere ello decir que, ¿Menos de un 13 % no hay tarjetas o que sería abusivo por parte del cliente?. Lo dejamos ahí, para fomentar un pensamiento crítico con la propia interpretación del Tribunal Supremo.
Respecto a las demandas interpuestas por los clientes el criterio deja claro por tanto que a partir de un 27% de interés, una tarjeta de crédito revolving es usuraria.
En los casos en que los clientes están acudiendo a abogados o demandas conjuntas para denunciar la usura en sus tarjetas de crédito revolving, los clientes tienen todas las de ganar en aquellas situaciones que el interés de la tarjeta de crédito es abusivo y en los casos en los que conforme a lo explicado previamente, el banco ha comercializado una tarjeta de crédito revolving a un cliente no adecuado o sin la debida transparencia e información.
En ese caso, son varias las consecuencias que esto puede tener, según la situación. En resumen, podemos decir que si el cliente gana, que el contrato de la tarjeta de crédito revolving queda anulado (Nulildad de claúsulas). El cliente tendrá que devolver a la entidad únicamente el importe que ha cogido prestado en su tarjeta de crédito, sin intereses, esto es, el principal del préstamo.
En los casos en que, sumando todo el dinero que el cliente ha pagado a lo largo de los años, se supere el capital que ha tomado en su tarjeta de crédito, la entidad deberá devolver al usuario todo el dinero restante.
Por ejemplo: Juan ha utilizado 4.000 euros de su tarjeta de crédito revolving en toda la vida de la tarjeta de crédito. Sin embargo, lleva años pagando la deuda sin haberla saldado. En total, debido a los intereses, ha pagado 5.800 euros. En ese caso, la entidad deberá devolver a Juan los 1.800 euros que pagó de más, anulando por completo todos los intereses de la tarjeta de crédito.
Las empresas que, hasta el momento, se dedicaban a la oferta de tarjetas de crédito revolving, están poniendo las barbas en remojo. Por el momento, según una conocida web de créditos de España, se han eliminado 3 de cada 10 ofertas de tarjetas de crédito revolving del mercado.
Entre las tarjetas desaparecidas, un 88 % tenía, antes de desaparecer, unos intereses superiores al 25% TAE.
Otras, por su parte, han disminuido sus intereses para relajar a aquellos clientes que pensaban en poner una demanda. Es el caso de WiZink, que ha reducido sus intereses desde más de un 27 %, hasta menos del 22 % TAE.
Hay una gran cantidad de entidades que, frente a las denuncias de sus clientes, se ponen en contacto con ellos para ofrecerles acuerdos extra judiciales. Del mismo modo que ocurrió en su momento con las cláusulas suelo, cuando las entidades intentaron escabullirse de las sentencias desfavorables.
Muchas entidades se han puesto en contacto con sus usuarios para ofrecerles rebajas en sus tipos de interés, colocándolos en torno al 20%. En caso de aceptar esta rebaja, los clientes deberán firmar un contrato por el cual renuncian a interponer cualquier demanda o reclamación en el futuro.
Sin embargo, puede que te preguntes: si me ofrecen un acuerdo de este tipo, ¿me conviene aceptarlo? Depende de cuál sea tu situación particular.
En algunos casos, las entidades de crédito ofrecen, no solo una rebaja de los intereses, sino la devolución del restante en intereses que hayan cobrado de ese momento hacia atrás. En ese caso, puede que te resulte atractiva la oferta.
Sin embargo, sea cual sea la proposición que te haga la entidad, asegúrate de llevar a cabo los cálculos necesarios para conocer cuál es la opción que más te conviene.
Así, sabrás si te compensa perder el derecho a reclamar, o si la cantidad que te está ofreciendo el banco no es nada en comparación con lo que podrías recuperar si se anulase el contrato de la tarjeta de crédito revolving por la vía judicial.
Basta con realizar una búsqueda en Google para ver los anuncios de abogados ofreciendo la defensa jurídica de los clientes frente a los bancos por intereses abusivos de las tarjetas de crédito.
Entre dichos bufetes podemos destacar algunos tales como: Arriaga asociados, Triviño abogados, Adicae y otros.
Estos mismos despachos de abogados comienzan a ofrecer también sus servicios en contra de otras entidades como son las entidades de préstamos rápidos, micro préstamos, minicréditos y otros del tipo: Creditea, Cetelem, Cofidis, Vivus, Mykredit, Welp, Prestamer, Moneyman, P10 finance, CCloan, Contante, etc.
Algunas de estas entidades, las más serias, trabajan al amparo de la Asociación Española de Micropréstamos (Aemip) y tal y como explicamos en nuestro post, esta Asociación, ofrece en su web una estadística de precios medios. ¿Os recuerda a algo el porque de esta cuestión? Evidentemente, estos prestamistas deben crear una categoría distintiva de su producto que les pueda crear un argumento de defensa respecto a sus altos intereses, como en su día hicieron los bancos con las tarjetas de crédito revolving, eso sí, con toda la ayuda del Banco de España. La duda pues estaría en entender, ¿Es un minipréstamo una categoría de producto específica dentro del crédito al consumo?