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¿Es posible cancelar préstamos sin pagar?

Cancelar préstamos sin pagar

La nueva Ley Concursal

Cobro de deudas en España

Apelación en la Ley de Segunda Oportunidad

¿Existe un límite de tiempo para las deudas en España?

La Ley de Segunda Oportunidad

¿Qué consecuencias tiene cancelar un préstamos sin pagar?

¿Se pueden cancelar todas las deudas con la Ley de Segunda Oportunidad?

 

Cancelar préstamos sin pagar es posible. Cuando hablamos de deudas canceladas, nos referimos a las deudas pendientes que no hay que pagar. Existen diferentes formas de cancelar las deudas sin pagar a través de la nueva Ley Concursal. Veamos en qué consiste y quién puede solicitarla.

 

La nueva Ley Concursal 

El pasado 26 de septiembre entró en vigor la reforma de la Ley Concursal, que configura un procedimiento de segunda oportunidad más eficaz que permite la exoneración de deudas contra la AEAT y la Seguridad Social, posibilita la exoneración sin liquidación del patrimonio y suprime la fase extrajudicial.

Esta reforma afecta directamente a la Ley de Segunda Oportunidad que el Gobierno de España diseñó en el año 2015 con el objetivo de dar una vía de escape a las personas sobreendeudadas. La nueva Ley Concursal amplía la relación de deudas exonerables e introduce la posibilidad de exoneración sin liquidación previa del patrimonio del deudor.

Tanto las deudas contra la AEAT como las de la Seguridad Social no eran exonerables hasta este año. Sin embargo, con la nueva Ley Concursal, los créditos públicos introducen un límite, pero pueden ser exonerados. El máximo de exoneración es de 10.000 euros cada uno.

 

Cobro de deudas en España 

Otro de los cambios significativos es que desaparece la que se denomina “mediación concursal”, es decir, se elimina la fase extrajudicial. De esta manera, se prescinde del Notario y del Mediador, el proceso se abarata y se pasa directamente a la fase de concurso en el Juzgado de lo Mercantil. Antes solo se llegaba a esta fase cuando no se podía alcanzar un acuerdo en la fase extrajudicial, como ya explicamos en nuestros artículos anteriores. 

Antes del juicio, y dependiendo de la cuantía de la deuda, el juez invitará a todas las partes a una comparecencia "previa al juicio" para llegar a algún acuerdo si es posible, con los testigos designados, o para enmendar defectos de procedimiento entre otras cuestiones. La fase judicial consiste en la interposición de un concurso de acreedores voluntario, donde el juez podrá exonerar el pago de la deuda total o parcialmente. Y, con la nueva ley, debe estar “resuelto” en el plazo de 12 meses. Una vez aceptada a trámite la demanda de concurso, se paralizan los procedimientos judiciales, pudiendo levantar embargos.

Además, tras la exoneración, se eliminan todos los datos de morosidad y se podrá salir de ASNEF para estimular la pronta reincorporación del deudor exonerado a la vida económica.

 

Apelación en la Ley de Segunda Oportunidad 

Una vez dictada la sentencia del juicio a ambas partes, (y dependiendo de la cuantía de nuevo) ambas se reservan el derecho de recurrir a una Audiencia Provincial superior. No es obligatorio que comparezcan, salvo que una prueba denegada durante el juicio principal, sea admitida por la Audiencia Provincial para la segunda vista. Cuando este tribunal dicta sentencia, dependiendo de la cuantía, es posible que las partes tengan una última oportunidad de recurrir ante el Tribunal Supremo.

Ejecución (provisional o definitiva):

La ejecución en España es un proceso separado del principal/inicial, por lo que se inicia con otra demanda breve que hace referencia a la sentencia principal, y pide al juez que ejecute la parte dispositiva de la misma. Al mismo tiempo, el acreedor también puede solicitar durante este breve juicio que se investiguen los bienes y se adopten medidas de embargo.

Tras la primera decisión judicial y si el juez confirma la deuda, el acreedor tendrá dos opciones: esperar y comprobar si la otra parte decide recurrir o no. Y si no, al cabo de veinte días, la sentencia será definitiva y estará lista para ser ejecutada.

Si el deudor presenta un recurso, el acreedor puede esperar a que se rechace el último recurso y, una vez que la sentencia sea definitiva, solicitar la ejecución, o iniciar una "ejecución provisional". Este tipo de ejecución permite al acreedor embargar sus bienes como lo haría en una normal, mientras se tramita el recurso, aunque la sentencia no sea aún definitiva. 

Sin embargo, esta opción conlleva un riesgo, ya que si se acepta alguno de los recursos del deudor, entonces el acreedor tiene que devolver todo lo que obtuvo de la ejecución, con un tipo de interés legal en España, más dos puntos.

Plazos de resolución

Los plazos en los juzgados españoles dependen de varias circunstancias, como el tamaño de la ciudad y, sobre todo, la carga de trabajo de los funcionarios del juzgado, por lo que es imposible predecir cuándo se resolverá un caso y cuándo se embargarán los bienes del deudor. Además, una vez iniciado el procedimiento, cada decisión judicial puede ser recurrida, por lo que hay más variantes que pueden prolongar todo el proceso.

Sin embargo, se puede decir que en las grandes ciudades el juzgado trabaja más rápido que en los pueblos pequeños, porque se supone que tienen muchos juzgados, así como más recursos humanos y materiales para tramitar las demandas, investigar los bienes del deudor, y hacer las peticiones de embargo a través de una aplicación informática.

 

¿Existe un límite de tiempo para las deudas en España? 

El plazo depende desde qué lugar de España de haga, así como del tipo de deuda; el plazo común en España es de quince años y en Cataluña, por ejemplo, es de tres años. Este plazo se inicia desde el momento de la compra, servicio u operación comercial realizada por el acreedor, pero puede interrumpirse con un requerimiento de pago, una reclamación judicial o una escritura de reconocimiento de deuda firmada por el deudor.

Una vez que el acreedor ha interrumpido el vencimiento, se establece un nuevo plazo para el acreedor. Una vez transcurrido, el acreedor pierde su derecho a reclamar el dinero al deudor. Sin embargo, una vez iniciado el procedimiento de ejecución, los derechos del deudor no caducan.

Un documento de declaración de deuda simplifica un eventual procedimiento de ejecución. La escritura de declaración de deuda es un documento firmado por el deudor en una notaría, en el que el deudor reconoce la deuda, así como los derechos del acreedor, para negociar los plazos de pago.

Sin embargo, esta escritura puede ser aún más útil para el acreedor, aunque el deudor no pague los plazos, porque le permite iniciar un procedimiento de ejecución contra él, evitando cualquier juicio, declaración o comparecencia previa en el juzgado. El deudor solo tendría derecho a presentar un escrito de oposición, pero no retrasará el procedimiento de ejecución.

El procedimiento de ejecución permite al acreedor acceder a la información sobre el patrimonio del deudor. Una vez iniciado el procedimiento de ejecución por el acreedor y confirmado por el tribunal, el abogado está legitimado para solicitar la investigación de los bienes del deudor.

Esta investigación se realiza a través de una aplicación electrónica conectada a diferentes autoridades, entre ellas, la Agencia Tributaria, el Registro de la Propiedad y la Seguridad Social, utilizando el NIE, DNI o CIF del deudor, para obtener un breve informe sobre todos los bienes, ingresos o propiedades del deudor. Una vez que el juzgado tiene el resultado de la investigación, se envía al abogado que puede solicitar que se embarguen los bienes, siempre que su valor cubra la deuda. 

 

La Ley de Segunda Oportunidad 

Es sin duda un procedimiento que mantiene las garantías independientemente de si el deudor tiene o no bienes en su poder. Cuando el deudor dispone de patrimonio, se evita el proceso de liquidación de bienes a la vez que se consigue una reducción sustancial en las cuotas mensuales de deuda, llegando incluso a la cancelación total de estas en la fase judicial.

Si el banco sabe que no tienes bienes o no son suficientes para cobrar la deuda le interesará llegar a un acuerdo contigo, puesto que reclamar por vía judicial no le servirá de mucho si no tienes patrimonio ni ingresos suficientes.

En cualquier caso, si no puedes pagar tus deudas y no tienes bienes, te recomendamos acudir a la Ley de Segunda Oportunidad. La Ley de Segunda Oportunidad también permite a particulares y autónomos negociar deudas e, incluso, a cancelarlas si no se pueden pagar las deudas.

Cómo funciona el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad para no poner en riesgo tus bienes 

Este procedimiento está pensado para ayudar a los deudores insolventes con sus compromisos económicos sin perjudicar a los acreedores.

Hay dos fases:

  • Acuerdo extrajudicial, actualmente revocado en la nueva Ley Concursal

La negociación de un acuerdo con los acreedores se hará a través de un mediador concursal. Para ello debes acudir a un notario que será quien nombre a este mediador. En esta fase, que no podrá durar más de 2 meses, se hará una propuesta con un plan de pagos a los acreedores.

El plan de pagos consiste en proponer una quita y/o una espera para saldar la deuda. Una vez hecha la propuesta con el plan y calendario de pagos, habrá que intentar que este sea aceptado por los acreedores. En buena parte de los casos este plan es rechazado y, por tanto, no se llega a un acuerdo.

  • Solicitar al Juez el EPI

Si no se consigue llegar a un acuerdo es momento de entrar en la segunda fase de la Ley de la Segunda Oportunidad: cancelar las deudas a través del concurso consecutivo de acreedores. El mediador concursal solicitará judicialmente el concurso de acreedores. De este modo, se “perdona la deuda” que no puedes pagar. Así podrá perdonarse parte o toda la deuda.

Si no puedes pagar porque no tienes bienes aquí el juez podrá llegar a perdonarte incluso el 100 % de la deuda. El perdón de la deuda es lo que se conoce como EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho).

 

¿Qué consecuencias tiene cancelar un préstamos sin pagar? 

No pagar una deuda no perjudica tan solo el acceso al crédito, sino que provoca otros dolores de cabeza que pueden durar mucho tiempo. Tener un mal historial de deudas afectará negativamente las posibilidades de:

  • Obtener un empleo. (Cada vez más empresas investigan la morosidad de sus empleados)

  • Alquilar una casa.

  • Darse de alta en un operador de telefonía móvil.

  • Comprar un coche o una casa.

  • Obtener un crédito al consumo para la compra de televisión, frigorífico, lavadora, reforma de la casa, viajes...

  • Montar un negocio y solicitar financiación, solicitar mercancía en depósito.

  • Si es o ha sido administrador de una empresa que tiene deudas, puede sufrir las consecuencias.

  • Al no pagar, se incumple un contrato legal y Servicobro puede llevar al deudor al Juzgado. Si el deudor se ausenta al juicio, las consecuencias serán:

  • El embargo del salario,

  • El embargo de su(s) cuenta(s) bancaria(s).

  • Un embargo de su casa.

  • Daño significativo a su historial crediticio. 

  • Embargo de su vehículo.

  • El embargo de otros bienes, activos o patrimonio económico, como herencias, acciones etc..

  • Daño a su imagen cuando la comisión judicial y el custodio del Juzgado, retiran sus bienes y su entorno lo presencian.

 

¿Se pueden cancelar todas las deudas con la Ley de Segunda Oportunidad? 

En un inicio, uno de los puntos débiles de la Ley de Segunda Oportunidad que señalamos los especialistas fue que no todas las deudas podían ser exoneradas, quedando fuera de la misma las contraídas con las Administraciones Públicas (generalmente se trata de deudas con Hacienda y/o con la Seguridad Social).

Pero, afortunadamente, en julio del 2019 una Sentencia del Supremo determinó que dichas deudas deberían también ser objeto de la exoneración del pasivo insatisfecho. Por lo tanto, en la actualidad sí que es posible eliminar las deudas con Hacienda y la Seguridad Social gracias a la Ley de Segunda Oportunidad.

¿Cómo puedo saldar una deuda?

Una vez que tengas un plan de pago de deudas, sigue estos consejos para mantenerte en el camino:

1. Cíñete a un presupuesto

2. Abre una cuenta de ahorro para emergencias

3. Reduce las facturas mensuales

4. Ganar dinero extra

La mayoría de los expertos aconsejan tener entre tres y seis meses de gastos de manutención en los ahorros, así que cuando estés elaborando tu presupuesto, deberías incluir una partida para los ahorros.

En caso de que la situación de sobreendeudamiento ya sea irremediable, también es recomendable ponerte en manos de un profesional que analice tu situación y te ayude a escoger la mejor opción para solventar tus deudas.

 

10/11/2022
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PEDRO ALONSO
Sin duda, un contenido de mucha ayuda ya que estoy en esta situación....
2022-11-23 12:01:20

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